Se aprueba reforma

Para los intereses libertarios, el cambio de la reforma más importante es el establecimiento de jurisprudencia por precedentes, pero primero hay que entender algunos conceptos
Se aprueba reforma al Poder Judicial de la Federación

Nota de Foro Jurídico aquí

Para los intereses libertarios, el cambio de la reforma más importante es el establecimiento de jurisprudencia por precedentes, pero primero hay que entender algunos conceptos:


Primero, un amparo es un recurso que interpone una persona cuyos derechos humanos (entiéndanse “libertades”) en contra de un acto de autoridad (entiéndase “Estado”). La importancia es clara pues su propósito es expandir la esfera jurídica del individuo y reducir la del Estado.


Segundo, el gran defecto del amparo es lo que se llama “principio de relatividad” que establece que su una persona gana un amparo contra la aplicación de una Ley que es inconstitucional (que viola sus libertades), esa Ley sólo es inconstitucional para esa persona, no para todas las personas, aunque la Ley en sí misma sea declarada inválida. El resto de las personas tendría que tramitar su propio ampare para beneficiarse de la protección.


Tercero, un tribunal constitucional es uno que interpreta la constitución, es decir, establece los límites entre las libertades de los individuos y las potestades del Estado, y establece criterios que serán seguidos por las demás cortes. Su función no es resolver casos concretos, sino orientar al resto del aparato judicial sobre cómo resolverlos. Por ejemplo, la Corte Suprema de los Estados Unidos elige sólo entre 100 y 150 casos al año porque considera que le dan una oportunidad de sentar criterios constitucionales importantes.


Entre otras cosas, la reforma establece a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como un tribunal constitucional, es decir, se dedicará a seleccionar casos relevantes con los que pueda establecer criterios que tengan alto impacto.


Los amparos resueltos con votos de 8 o más ministros en el mismo sentido establecerán automáticamente un precedente y serán obligatorio. Con esto se rompe con el principio de relatividad. Es decir, bastaría una sentencia de amparo que declara que el pago del impuesto de la tenencia es inconstitucional porque violenta el derecho de propiedad privada para que todas las leyes que los establezcan queden anuladas.


La SCJN ha mostrado cierta tendencia liberal, por ejemplo cuando resolvió que la prohibición de la marihuana era inconstitucional (aquí), basándose en razonamientos liberales:


“77. En este orden de ideas, el bien más genérico que se requiere para garantizar la autonomía de las personas es precisamente la libertad de realizar cualquier conducta que no perjudique a terceros. En este sentido, la Constitución y los tratados internacionales reconocen un catálogo de «derechos de libertad» que se traducen en permisos para realizar determinadas acciones que se estiman valiosas para la autonomía de las personas (expresar opiniones, moverse sin impedimentos, asociarse, adoptar una religión u otro tipo de creencia, elegir una profesión o trabajo, etcétera.), al tiempo que también comportan límites negativos dirigidos a los poderes públicos y a terceros, toda vez que imponen prohibiciones de intervenir u obstaculizar las acciones permitidas por el derecho fundamental en cuestión.”


Para ver la sentencia completa aquí


Este sistema de precedentes puede ser un gran catalizador del avance de las libertades sobre el Estado, que bien vale la pena monitorear.

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